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2019 ha comenzado con novedades para los autónomos, aunque con menos de la anunciadas. Se espera que este año que acaba de comenzar haya cambios de más calado en el régimen de los trabajadores por cuenta propia, como la debatida propuesta de cotización por ingresos reales, que, de momento -y aunque ha sido objeto de reuniones y discusiones por parte de Gobierno, agentes sociales y representantes de los autónomos- no ha salido adelante.

En este post os vamos a aclarar algunas de las cuestiones más importantes, que tendremos que tener en cuenta a partir de este mismo mes de enero, y que aparecen detallados en el Real Decreto 28/2018 aprobado en el último Consejo de Ministros de 2018. También os apuntamos cómo están las cosas a nivel autonómico, porque las Cortes de Aragón acaban de fijar las sesiones de trabajo para analizar la ponencia que estudiará la proposición de ley y el proyecto de ley de emprendimiento y trabajo autónomo que recibió la Cámara el año pasado; así que en los próximos meses también habrá novedades en la Comunidad.

Vamos, primero, con los cambios a nivel nacional, los fijados en el Real Decreto que aparece publicado en el último BOE de 2018. Son cambios que afectan, fundamentalmente, a las bases de cotización y también a la protección de los trabajadores por cuenta propia.

 

 

Por primera vez, la base mínima de cotización del autónomo será inferior al Salario Mínimo Interprofesional, 1.050 euros al mes

COTIZACIÓN: LA BASE MÍNIMA, 944,3 EUROS. La base mínima pasará desde los 932,7 euros actuales a los 944,3 euros mensuales y el tipo de cotización se incrementará en 0,2 puntos, pasando del 29,8% al 30%, un porcentaje que escalará al 30,3% en 2020, al 30,6% en 2021 y al 30,9% en el cuarto año. Tras el alza, la cuota de los autónomos subirá a 64 euros al año en lugar de los 260 que proponía el Gobierno para personas físicas al pedir ligarlo con el IPC. En el caso de los societarios, el alza será de 82 euros. Este incremento está en la línea de los últimos años.

POR DEBAJO DEL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL. En esta línea, se da la circunstancia de que, por primera vez, la base mínima de cotización del autónomo será inferior a la del asalariado del Régimen General (fijada en 1.050 euros al mes).

MÁS PROTECCIÓN. Desde el 1 de enero de este año, se incrementa la protección en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o Autónomos porque se incorpora de modo obligatorio la totalidad de las contingencias que, hasta el momento, tenían carácter voluntario, como la protección por cese de actividad y las contingencias profesionales. Este párrafo del Real Decreto se traduce en que se podrá cobra la prestación por accidente de trabajo o enfermedad profesional desde el primer día en que curse baja y se podrá dejar de pagar la cuota de autónomos a partir del segundo mes de baja por Incapacidad Temporal y hasta el momento de alta.

DE 12 A 24 MESES DE «PARO» PARA LOS AUTÓNOMOS. Una de esas contingencias es la protección por cese de actividad, lo que entendemos, de forma coloquial, como «el paro de los autónomos». El real decreto aprobado justo a final de año prevé que se duplique el periodo de percepción de su abono respecto de lo que se cobraba hasta ahora, lo que implica pasar de 12 a 24 meses. Ademas, se flexibilizan las condiciones para acceder a esta prestación, que hasta ahora han sido casi imposibles de cumplir para la mayor parte de los autónomos obligados a cesar su actividad.

 

 

LA TARIFA PLANA: 60 EUROS. La tarifa plana del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) se incrementa hasta 60€, frente a los 50 que se venían pagando.

MENORES DE 47 AÑOS. La base de cotización para los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2019, sean menores de 47 años de edad, será la elegida por éstos, dentro de los límites que presentan las bases mínima y máxima. También estarán en este grupo los trabajadores autónomos que en esta fecha tengan 47 años y su base de cotización en diciembre de 2018 haya sido igual o superior a los 2.052 euros mensuales. En otro caso, su base de cotización será de 2.077,80 euros mensuales. En este apartado, apuntamos también que los autónomos que, a partir del 1 de enero de 2019 tengan 47 años, si su base cotización fuera inferior a los 2.052 euros mensuales, no podrán elegir una base de cuantía superior a 2.077 euros mensuales, salvo que ejerzan su opción en tal sentido antes del 30 de junio de 2019 o que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio y se haya tenido que poner al frente del mismo con 47 años.

A PARTIR DE 48 AÑOS. La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a partir del 1 de enero de 2019, hayan cumplido los 48 años estará comprendida entre los 1.018 y los 2.077 euros mensuales, salvo que se trate del cónyuge supérstite del titular del negocio y haya tenido que ponerse al frente de éste a consecuencia del fallecimiento de éste con 45 o más años, en cuyo caso la elección de base estará comprendida entre los 944 y los 2.077 euros.

SI SE HA COTIZADO ANTES A LA SEGURIDAD SOCIAL. La base de cotización de los trabajadores autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado en cualquiera de los regímenes del sistema de la Seguridad Social cinco años o más podrán acogerse a una base comprendida entre los 944 y los 2.077, si su última base de cotización acreditada hubiera sido igual o inferior a los 2.052 euros mensuales. En caso de que la última base de cotización acreditada hubiera sido superior a 2.052 euros mensuales, tendrá que cotizar por una base comprendida entre 944 euros mensuales y el importe de aquella incrementado en un 7%, con el tope de la base máxima de cotización.

PENALIZACIÓN AL FALSO AUTÓNOMO. El nuevo año también arranca con medidas para el control y endurecimiento del empleo a falsos autónomos. Se va a sancionar a los autónomos y las empresas que den trabajo a falsos autónomos con una nueva multa para esta infracción grave. La cuantía de la sanción está entre 3.126 euros y 10.000 euros para el empleador.

No se resuelve la cotización por ingresos reales

Pero no está todo hecho. Quedan muchos pasos por dar para que el trabajo autónomo sea más equiparable al de los trabajadores por cuenta ajena. De hecho, uno de los aspectos que se ha quedado en el tintero es el análisis de la cotización por ingresos reales. Desde el 1 de enero, la base de cotización sube, como hemos comentado. Pero sube para todos, y por tanto, todos deben pagar más. Aquellos autónomos con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), también. Es por ello que uno de los objetivos de cara al siguiente ejercicio es la aprobación de las cotizaciones por ingresos reales. De esta manera, cada profesional cotizará dependiendo de lo que ingrese cada mes, pero este debate está por afrontar.

 

Debate abierto en Aragón

Mientras, en Aragón, el debate sobre posibles cambios normativos en el trabajo por cuenta propia sigue abierto, después de que las Cortes recibieran el año pasado dos iniciativas. Por una parte, la impulsada por Podemos y, por otra, el proyecto legal presentado por el Ejecutivo aragonés, que ha recibido más de sesenta enmiendas parciales de los diferentes grupos. Los trabajos para redactar un informe de ponencia que analice de forma conjunta ambas iniciativas ya han comenzado y está previsto este mes de enero se celebren sendas reuniones de trabajo.

 

La iniciativa presentada por Podemos hace hincapié, entre otros aspectos, en eliminar la discriminación que la trabajadora autónoma tiene sobre aquella que ejerce por cuenta ajena (en cuanto a bajas por maternidad y cuidado de hijos). También quiere situar el trabajo autónomo como vertebrador del territorio, para ello propone tener en cuenta el papel principal que ejercen estos trabajadores para fijar población, fomentarán las redes de colaboración y priorizar las ayudas en los municipios de menos de 5000 habitantes, para aquellos cuyas rentas no superen los 25.000 euros.

El proyecto de Ley del Ejecutivo Autonómico se basa en tres objetivos:  el impulso al emprendimiento y la cultura emprendedora en todos los ámbitos, con especial atención al educativo y al medio rural; el impulso de políticas y medidas de apoyo, incluidas la económicas y financieras, de todas las instituciones a los emprendedores, pymes y autónomos; y la reducción de las cargas administrativas y burocráticas que dificultan la creación de empresas y el inicio de la actividad de emprendedores y autónomos.

Ambas iniciativas, como hemos señalado, tienen que perfilarse y debatirse aún en las Cortes de Aragón y está previsto que le texto quede cerrado antes del final de esta legislatura

 

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